Los Comisarios deportivos descalifican a Félix David Alonso – Juan Ramón Chávez; Javier e Iván Bouza, ganadores del Rally Isla de Tenerife Histórico

Malas noticias para los ganadores del Rally Isla de Tenerife Histórico, los tinerfeños Félix David Alonso y Juan Ramón Chávez, puesto que los comisarios deportivos de la cita del Campeonato de España de Rallyes de Velocidad (CERVH) han decidido descalificarlos por no estar la homologación de su Citroën Saxo VTS conforme al reglamento deportivo del CERVH 2025.

De esta manera, los gallegos Javier e Iván Bouza (Ford Escort RS 1800 MK II) se alzaron con la victoria, seguidos de Enrique Cruz y Marcelo López (Ford Escort RS 1600 MK II), sueno ahora terceros Alexis Martín y Jeaneth Hernández (Honda Civic).

Dación de los Comisarios

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Los Comisarios deportivos, tras haber recibido un informe n° 4.6 Delegado Técnico de la RFEDA (documento n° 04.06) donde se nos indica las anomalías detectadas en las Verificaciones Técnicas Finales, han considerado el siguiente asunto y han determinado lo siguiente.

Hecho: D. FELIX DAVID ALONSO DORTA (Lic.: PA-09134-ESP/C) vehículo n° 34, ESCUDERÍA DAUTE-REALEJOS 19:00 del día 13 de septiembre de 2025

Coche equipado con una caja de cambios homologada en la VO18/12 de ficha 5564. La fecha de homologación de la VO18/12 es del 1 de Marzo del 2001, lo cual no es conforme con los artículos 8.1 y 18.9 del reglamento deportivo del CERVH 2025.

Los vehículos PRE2000 son los homologados hasta el 31-12-2000, no pudiendo usar piezas homologadas en VO que excedan la fecha 31-12-2000.

Infracción:

Por no cumplir con el artículo 18.9 del Reglamento Deportivo del Campeonato del España de Rallyes de Velocidad para Vehículos Históricos (CERVH VEL).

Decisión: Razón: Estudiadas sus alegaciones del concursante, se decide la Descalificación de la prueba. Aplicación del cuadro de penalizaciones según ANEJO I, CUADRO DE PENALIZACIONES, según lo estipulado en los artículos señalados. © Esta Decisión del Colegio es inmediatamente ejecutiva, sin perjuicio de una apelación, en base al motivo (Art.12.3.3. del CDI)

Contra la presente resolución cabrá recurso, ante el Juez Único de Apelación y Disciplina Deportiva de la FCA, en el plazo de 96 HORAS a partir de la fecha de esta notificación. Debiendo, para ello, manifestar previamente su intención de apelar (en los plazos establecidos) seguidamente a la recepción aquí indicada y prestando la caución en metálico establecida, de conformidad con lo dispuesto en el ARTÍCULO 15 del vigente CDI.

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